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Jul 16 |
Pagar el alquiler fuera de plazo puede suponer que nos rescindan o cancelen el contratoAutor: Administrador | | 1.740 Lecturas
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Pagar el alquiler fuera de plazo, aunque sólo sea una cuota, puede suponer que nos rescindan o cancelen el contrato de alquiler sin más. Os dejamos un extracto de una Sentencia del Tribunal Supremo:
"..Por ser el contrato de arrendamiento urbano oneroso y conmutativo, es evidente que la primera obligación del arrendatario es la de pagar la renta; por otra parte, salvo cuando las partes hayan acordado que su abono se efectúe en un solo momento, este contrato es de tracto sucesivo y el impago de una sola mensualidad de renta puede motivar la resolución contractual.
El arrendador no viene obligado a soportar que el inquilino se retrase de ordinario en el pago de las rentas periódicas y, en tal coyuntura, debe prosperar su demanda de desahucio al estar demostrada la reiteración, amén de que anteriormente, por no haber abonado los recibos de la renta con un total de veintidós mensualidades, fue seguido juicio de desahucio entre las partes, que concluyó al haberse enervado la acción ejercitada..."
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 19 de diciembre de 2008, nº recurso 648/2004. Ponente Don Román García Varela. A FAVOR DEL: ARRENDADOR | |