
¿Puede un Ayuntamiento paralizar una obra si no se nombra a un director de la ejecución de las obras? En las obras de edificación (viviendas, naves, etc.) la respuesta es clara, si puede y debe, es decir que, con carácter general, una vez presentada la solicitud de licencia de obras junto con un "proyecto básico" redactado por técnico competente y otorgada la licencia de obras, antes del inicio de las obras, el promotor deberá comunicar a la Administración la fecha de inicio de las mismas y, en todo caso, con carácter previo al inicio de las obras, presentar en el Ayuntamiento el "proyecto de ejecución" y la designación de la dirección facultativa de las obras, además de cualquier otro trámite necesario que deba hacerse en materia laboral resp...