
Los planes o instrumentos aprobados para el desarrollo del los suelos ¿Pueden durar eternamente? Ya sea dentro de un Programa de Actuación Urbanística o bien en ejecución de las determinaciones del propio planeamiento general, una vez aprobado definitivamente un instrumento de planeamiento urbanístico de desarrollo que ordena pormenorizadamente el suelo y publicada adecuadamente dicha aprobación, se inicia la vigencia del mismo, que será indefinida, sin perjuicio de sus alteraciones. Al respecto, se ha pronunciado la jurisprudencia, por ejemplo la
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 5.ª, de...